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GoBD: n/a Conforme §203 StGB

Agente de Conciliación Bancaria

De extracto AEB 43 a asiento PGC conciliado con SII AEAT - sin generative AI en cuadre bancario.

Concilia extractos AEB Norma 43, CAMT.053 y Bizum contra los asientos del PGC de forma 100% determinista, con cuadre SII para la AEAT.

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Conciliación bancaria española con AEB Norma 43, CAMT.053 PSD2, Bizum y SII de la AEAT, sin IA generativa en el cuadre ni en la asignación

El Agente procesa toda la cadena de conciliación bancaria española de forma 100% determinista frente a la AEAT, el Banco de España, la AEPD y la CNMV, con escalado humano solo en los movimientos sin contrapartida clara: recibe los extractos AEB Norma 43 (Cuaderno 43) y CAMT.053 ISO 20022 por Open Banking PSD2, valida la continuidad de saldos conforme al Código de Comercio art. 28, clasifica por código de operación AEB, asigna de forma exacta por el EndToEndId SEPA del Reglamento UE 260/2012, concilia Bizum a gran escala B2C, gestiona las R-Transactions de adeudos AEB Norma 19, mapea comisiones e intereses al PGC RD 1514/2007 según la Resolución ICAC de 18/9/2013, detecta automáticamente las operaciones del modelo 347 de la AEAT (umbral 3.005,06 EUR) y del modelo 349 intracomunitario, calcula las diferencias de cambio, verifica la CIRBE del Banco de España (umbral 9.000 EUR de la Circular 1/2013) y concilia de forma bidireccional con el SII del RD 1624/1992 con trazabilidad RGPD.

Resultado: La cuota de matching automático sube del 60% (manual con MT940) a más del 95% con CAMT.053, PSD2 y el EndToEndId SEPA, la conciliación pasa de mensual a diaria, el tiempo por extracto baja de 90 minutos a menos de 10, las operaciones del modelo 347 de la AEAT se detectan a tiempo evitando una omisión sancionable, las R-Transactions de adeudos se reconocen puntualmente evitando la bola de nieve de devoluciones impagadas, y la conciliación previa con el SII evita el requerimiento de la AEAT por divergencia con sanción del 50-150% conforme a la LGT art. 191-195.

86% Motor de reglas
7% Agente IA
7% Humano

Las 16 etapas del pipeline de conciliación bancaria española son reproducibles y auditables por la AEAT, el Banco de España, la AEPD, el ICAC y las firmas Big-4:

Tres sanciones en paralelo: la AEAT por el modelo 347 (1% del importe omitido según la LGT), el Banco de España por divergencia en la CIRBE y la AEPD por los datos de las transferencias (hasta el 4% de la facturación)

La conciliación bancaria en España es el primer punto que mira un inspector de la AEAT, una auditoría de cuentas anuales por una firma Big-4 (Deloitte, KPMG, EY, PwC) o un requerimiento del Banco de España. Las divergencias no aclaradas entre el saldo bancario del extracto AEB Norma 43 y el saldo contable de la cuenta 572 Bancos del PGC RD 1514/2007 son la señal de alarma más inequívoca en cualquier revisión. Los equipos financieros con tres a cinco cuentas bancarias en BBVA, Santander, CaixaBank, Sabadell, Bankinter o ING Direct dedican habitualmente entre 30 y 80 horas al mes solo al cuadre manual de extractos repartido entre varios sistemas, con una probabilidad de error que crece con cada interfaz adicional. Y las consecuencias regulatorias son simultáneas: sanción de la AEAT por divergencia con el SII en el modelo 303 de IVA, omisión en el modelo 347 anual de operaciones con terceros, divergencia con la CIRBE del Banco de España, eventual sanción de la AEPD por tratamiento indebido de datos bancarios y una observación en la auditoría de cuentas anuales obligatoria por la Ley 22/2015 si se superan dos de los tres umbrales (4 millones EUR de activo, 8 millones EUR de cifra de negocios, 50 empleados).

Tres sanciones en paralelo: la AEAT por el modelo 347, el Banco de España por la CIRBE y la AEPD por los datos de las transferencias

La sanción de la AEAT por omitir o presentar mal el modelo 347 es uno de los riesgos materiales más frecuentes del ciclo de tesorería español. La Orden EHA/3012/2008 obliga a declarar las operaciones con terceros que superen 3.005,06 EUR por contraparte y año (IVA incluido) en febrero o marzo del año siguiente. La AEAT cruza automáticamente los modelos 347 entre las dos partes: si la Empresa A declara 25.000 EUR de compras a la B y esta declara 23.000 EUR de ventas a la A, salta un requerimiento a ambas para regularizar. La sanción por omisión es del 1% del importe omitido (mínimo 300 EUR) conforme a la LGT art. 198, además de los requerimientos. Para una empresa con 80 millones EUR de facturación que descubre en febrero 50 contrapartes omitidas con un importe acumulado de 2 millones EUR, la exposición alcanza 20.000 EUR en sanciones del modelo 347, más un 50-150% sobre las eventuales divergencias de IVA del art. 191-195 LGT.

A esto se suman riesgos paralelos. La divergencia frente a la CIRBE del Banco de España por un reporte mensual incorrecto de posiciones superiores a 9.000 EUR puede activar un requerimiento de la Dirección General de Supervisión con sanciones de hasta 1 millón EUR conforme a la Ley 10/2014. Una sanción de la AEPD por violación de los datos bancarios de transferencias o adeudos alcanza hasta el 4% de la facturación anual mundial o 20 millones EUR conforme al RGPD art. 83.5, con resoluciones publicadas con frecuencia entre 100.000 y 1.000.000 EUR para casos del sector financiero español. Y el Código de Comercio art. 28 sobre libros contables sin tachaduras genera una observación en la auditoría si los saldos bancarios no son consistentes: una salvedad o una opinión con salvedades del auditor en las cuentas anuales tiene impacto material en las sociedades cotizadas del IBEX-35, con efecto sobre la cotización bursátil y el rating crediticio.

La conciliación bancaria española recorre 16 etapas determinadas, no 7

A diferencia del modelo alemán estándar (7 etapas con MT940 y GoBD) o del modelo SEPA puro (10 etapas con CAMT.053), la conciliación bancaria española orientada al cumplimiento exige 16 etapas determinadas, porque el sistema regulatorio superpone cinco capas obligatorias a la vez: la recepción de los extractos en formato AEB Norma 43 (Cuaderno 43) o CAMT.053 ISO 20022 por Open Banking PSD2; la validación de la continuidad de saldos conforme al Código de Comercio art. 28; la clasificación determinista por código de operación AEB (concepto común 1-99); la asignación exacta a las partidas abiertas de las cuentas 410X o 430X del PGC mediante el EndToEndId SEPA del Reglamento UE 260/2012; la conciliación de Bizum para el volumen masivo B2C vía la API de Iberpay; la gestión de las R-Transactions de adeudos AEB Norma 19 (R01 a R08 con motivos estandarizados); el pattern matching aproximado para los conceptos divergentes con Confidence Score; el mapeo de comisiones e intereses a las cuentas del PGC RD 1514/2007 conforme a la Resolución ICAC de 18/9/2013 (626 Servicios bancarios, 663/769 intereses, 668/768 diferencias de cambio); la detección automática de las operaciones del modelo 347 de la AEAT con acumulación por NIF y umbral de 3.005,06 EUR por contraparte y año según la Orden EHA/3012/2008; la identificación de las operaciones intracomunitarias para el modelo 349 mensual o trimestral; la verificación del umbral CIRBE del Banco de España de 9.000 EUR de la Circular 1/2013; el cálculo de las diferencias de cambio con el tipo oficial del BCE; la conciliación bidireccional con los asientos del PGC y los registros del SII enviados al AEAT según el RD 1624/1992 art. 62.6; el escalado humano de los movimientos sin contrapartida con contexto; y la generación del protocolo final con audit trail RGPD y plazo de conservación de 6 años del Código de Comercio art. 30.

Un escenario concreto: una empresa industrial mediana de Bilbao con 4 cuentas (BBVA, Santander, CaixaBank, Sabadell), 250 movimientos diarios, 80 millones EUR de facturación, sujeta al SII y a auditoría por la Ley 22/2015. Cada día el Agente recibe 4 extractos AEB Norma 43 y 2 CAMT.053 PSD2, valida la continuidad de saldos y clasifica 250 movimientos (145 transferencias AEB 34, 67 adeudos SDD AEB 19, 18 comisiones, 8 intereses y 12 Bizum). Reconcilia 215 por asignación exacta de EndToEndId, 27 por pattern matching con Confidence superior al 85%, 5 con Confidence del 70 al 85% para revisión de Tesorería y 3 escalados al CFO. Detecta 4 R-Transactions de adeudos (1 R04 IBAN inválido, 2 R05 cliente disputa, 1 R02 fallecimiento), marca 12 operaciones del modelo 347 de la AEAT, identifica 8 intracomunitarias para el modelo 349, calcula 3 diferencias de cambio en USD y concilia de forma bidireccional con el SII detectando 2 divergencias por error en el tipo de IVA. Tiempo total: 11 minutos frente a 4 horas de trabajo manual.

La triple conciliación bidireccional entre banco, PGC y SII evita el requerimiento de la AEAT

Un cuadre bancario sin conciliación bidireccional contra los asientos del PGC y los registros del SII enviados al AEAT es receta para un requerimiento inmediato. La empresa registra una factura recibida de un proveedor por 24.200 EUR (20.000 de base y 4.200 de IVA al 21%) en la cuenta 410X y envía el registro A2 al SII con base 20.000 e IVA 4.200. Al pagar la factura, el banco genera un movimiento de 24.200 EUR en el extracto AEB 43 que se concilia con el asiento haber 572 Bancos / debe 410X Proveedor. Pero, por un error en el maestro del proveedor en el ERP, el A2 del SII se envió con un tipo de IVA del 10% (2.000 EUR) en lugar del 21% (4.200 EUR): la AEAT cruza los datos automáticamente, detecta una divergencia de 2.200 EUR de IVA y emite un requerimiento con plazo de 10 días y una sanción potencial del 50% conforme a la LGT art. 191 (1.100 EUR para esta operación concreta, escalable en caso de reincidencia y volumen).

Por eso la 14ª etapa de decisión es la conciliación previa obligatoria del movimiento bancario con el registro contable del PGC y con el SII ANTES de marcar la operación como cerrada. El Agente integra los XML del SII enviados al AEAT (A1 facturas emitidas, A2 facturas recibidas, A3 bienes de inversión, A4 cobros y pagos en metálico, A5 operaciones intracomunitarias) y los compara línea a línea con los asientos del PGC RD 1514/2007 generados por la conciliación. Los movimientos bancarios sin asiento contable se marcan como pendientes. Los asientos sin entrada en el SII se marcan como pendientes de envío. Los registros del SII sin movimiento bancario correspondiente se marcan como excepción. Solo cuando los tres niveles (banco AEB 43/CAMT.053, contabilidad PGC y fiscalidad SII) son perfectamente coherentes, el movimiento avanza al cierre del periodo. Esta conciliación a tres niveles es lo que permite presentar el modelo 303 de IVA mensual o trimestral con riesgo cero de divergencia.

Casos límite españoles: R-Transactions masivas, volumen de Bizum B2C y operaciones en moneda extranjera

Casos especiales como las devoluciones de adeudos masivas, la conciliación de Bizum B2C y las operaciones en moneda extranjera parecen complejos, pero la norma española los determina por completo. Las R-Transactions de adeudos SEPA de la AEB Norma 19, con códigos R01 a R08, requieren el reverso automático del cobro original (debe en la cuenta 430X del cliente, haber en la 572 del banco) y un workflow específico según el motivo: el R04 (IBAN inválido) escala a la corrección de datos maestros, las disputas R05 y R06 escalan a Compliance o Legal por riesgo regulatorio, las cancelaciones R01, R03 y R08 requieren contacto comercial para un nuevo mandato, y el R02 (fallecimiento) dispara el workflow de herederos coordinado con Atención al Cliente. La conciliación de Bizum con volumen masivo B2C (más de 1.000 movimientos diarios en e-commerce y devoluciones) requiere un matching determinista del teléfono del cliente cruzado con el maestro, con ventana de importe y timestamp y deduplicación. Las operaciones en moneda extranjera (USD, GBP, CHF) requieren un ajuste por el tipo de cambio del día con los tipos oficiales del BCE y el reconocimiento de la pérdida o ganancia de cambio en la cuenta 668 (diferencias negativas) o 768 (positivas) conforme a la norma de valoración 11ª del PGC RD 1514/2007 y a la Resolución ICAC de 18/9/2013.

El Agente identifica cada caso límite mediante reglas determinadas y aplica el tratamiento correspondiente: las R-Transactions con reverso automático y workflow de recobro según el motivo, Bizum con matching determinista del teléfono y deduplicación temporal, la moneda extranjera con el tipo oficial del BCE y el reconocimiento de la diferencia de cambio, las operaciones superiores a 3.005,06 EUR para el modelo 347 con acumulación por NIF, las operaciones intracomunitarias para el modelo 349, la detección de concentración de riesgo CIRBE por encima de 9.000 EUR y el eventual escalado a juicio humano cuando el caso no tiene un precedente claro.

Integración con el ecosistema español: Sage, A3, Holded, SAP, y Open Banking PSD2 de BBVA, Santander y CaixaBank

La lógica del Agente se conecta vía API con los principales sistemas contables y bancarios del mercado español: Sage 200 y Sage Despachos Connected (líder en PYME, con módulo de Tesorería y Open Banking PSD2 a más de 30 entidades), A3 Software (a3con, a3asesor y a3ERP, para despachos, con integración AEAT y conexión bancaria AEB), Holded (cloud para autónomos y PYME con Open Banking PSD2), Cegid Quadra (mediana empresa industrial con conciliación AEB 43), SAP S/4HANA Spain Localization con Cash Management, Bank Account Management y Bank Communication Management (IBEX-35), Microsoft Dynamics 365 Business Central Spain con AL extensions de Cash Management, Oracle Fusion Cloud ERP Spain Localization con Cash Management y Cash Forecasting, y ContaSimple, ContaPlus y Mastermaq España para despachos profesionales. La conexión bancaria multi-entidad opera por Open Banking PSD2 (BBVA Open Platform, Santander Open Bank API, CaixaBank Open API, Sabadell Hub, Bankinter API, ING Direct Empresas, Openbank API) o por los canales corporativos legacy (BBVA Net Cash, Santander One Pay, CaixaBank Now Empresas). Los formatos AEB Norma 43 y CAMT.053 ISO 20022 coexisten según el banco. Bizum se integra por API empresarial (BBVA Bizum Empresas, Santander Bizum Pro, CaixaBank BizumNegocios). Para grupos IBEX-35 con varias cuentas en España y filiales LATAM (Telefónica, Iberdrola, Santander, BBVA, ACS, Inditex, Repsol), el Agente coordina la conciliación centralizada con cash pooling nocional o efectivo, manteniendo el cumplimiento simultáneo de la CIRBE del Banco de España, el modelo 303/347/349 y el SII de la AEAT, el RGPD de la AEPD, la Norma AEB 19/34/43 y los reportes EMIR para los derivados de cobertura.

Tabla de microdecisiones

¿Quién decide en este agente?

15 pasos de decisión, separados por decisor

86%(13/15)
Motor de reglas
determinístico
7%(1/15)
Agente IA
basado en modelo con confianza
7%(1/15)
Humano
asignación explícita
Humano
Motor de reglas
Agente IA
Cada fila es una decisión. Expanda para ver el registro de decisión y si se puede impugnar.
Recepcion de extracto bancario AEB Norma 43 o CAMT.053 ISO 20022 ¿En que formato llega el extracto y cumple el schema esperado? Motor de reglas

La Norma AEB 43 (Cuaderno 43) define un fichero plano de longitud fija con registros de cabecera, movimientos y totales; el CAMT.053 ISO 20022 es el esquema XML moderno que llega por Open Banking PSD2. Ambos formatos coexisten en España según el banco y se validan de forma determinista.

Registro de decisión

ID de la regla y número de versión
Datos de entrada que activaron la regla
Resultado del cálculo y fórmula aplicada

Impugnable: Sí - aplicación de la regla verificable. Objeción posible por datos incorrectos o versión de regla errónea.

Validar continuidad de saldos extracto vs saldo final dia anterior ¿El saldo inicial del extracto coincide con el saldo final del dia previo? Motor de reglas Auditor

El Código de Comercio art. 28 obliga a llevar libros sin tachaduras ni saltos; cualquier discontinuidad de saldos se marca como excepción antes de procesar los movimientos, para evitar contaminar el libro mayor de la cuenta 572 del PGC.

Registro de decisión

ID de la regla y número de versión
Datos de entrada que activaron la regla
Resultado del cálculo y fórmula aplicada

Impugnable: Sí - aplicación de la regla verificable. Objeción posible por datos incorrectos o versión de regla errónea.

Impugnable por: Auditor

Clasificar tipo de movimiento por codigo de operacion AEB ¿Es transferencia recibida AEB 34, adeudo SDD AEB 19, comision bancaria, intereses o Bizum? Motor de reglas

La Norma AEB 43 incluye códigos de operación (concepto común 1-99) que identifican de forma determinista el tipo de movimiento: las comisiones (códigos 14-15) van a la cuenta 626 Servicios bancarios y los intereses (códigos 12-13) a la cuenta 663 o 769 del PGC RD 1514/2007.

Registro de decisión

ID de la regla y número de versión
Datos de entrada que activaron la regla
Resultado del cálculo y fórmula aplicada

Impugnable: Sí - aplicación de la regla verificable. Objeción posible por datos incorrectos o versión de regla errónea.

Asignacion exacta a partida abierta por importe + IBAN + EndToEndId SEPA ¿El movimiento se asigna univocamente a una factura emitida cuenta 430X o recibida cuenta 410X? Motor de reglas

El Reglamento UE 260/2012 obliga a incluir el EndToEndId SEPA en transferencias y adeudos; el matching determinista por importe exacto, IBAN de la contraparte y referencia EndToEndId asigna automáticamente más del 90% de los movimientos sin juicio humano.

Registro de decisión

ID de la regla y número de versión
Datos de entrada que activaron la regla
Resultado del cálculo y fórmula aplicada

Impugnable: Sí - aplicación de la regla verificable. Objeción posible por datos incorrectos o versión de regla errónea.

Conciliacion Bizum reconciliation contra cobros B2C ¿El abono Bizum se relaciona con un cobro B2C identificado por telefono asociado a IBAN? Motor de reglas Proveedor

Bizum opera sobre la infraestructura SEPA Inst de Iberpay con identificación por móvil cruzada con la base de clientes; los volúmenes masivos B2C (devoluciones de e-commerce, indemnizaciones) requieren matching por teléfono, importe y timestamp con un lookup determinista en el maestro de clientes.

Registro de decisión

ID de la regla y número de versión
Datos de entrada que activaron la regla
Resultado del cálculo y fórmula aplicada

Impugnable: Sí - aplicación de la regla verificable. Objeción posible por datos incorrectos o versión de regla errónea.

Impugnable por: Proveedor

Reconciliacion AEB Norma 19 adeudos SDD con devoluciones R-Transactions ¿Existe devolucion SDD R-Transaction (R01 R02 R03 R04 R05 R06 R07 R08) que requiere reverse del cobro? Motor de reglas Proveedor

La Norma AEB 19 y el Reglamento UE 260/2012 sobre adeudos SEPA definen las R-Transactions (R01 cuenta cancelada, R02 cliente fallecido, R03 cuenta congelada, R04 IBAN inválido, R05 mandato no autorizado, R06 cliente disputa, R07 instrucción no autorizada, R08 mandato cancelado); cada R-Transaction revierte el asiento contable y dispara el workflow de recobro.

Registro de decisión

ID de la regla y número de versión
Datos de entrada que activaron la regla
Resultado del cálculo y fórmula aplicada

Impugnable: Sí - aplicación de la regla verificable. Objeción posible por datos incorrectos o versión de regla errónea.

Impugnable por: Proveedor

Pattern matching aproximado para conceptos divergentes y pagos parciales ¿El movimiento sin EndToEndId puede asignarse por similitud de concepto + ventana importe? Agente IA Proveedor

Los pagos sin referencia estructurada (transferencias manuales con concepto libre, abonos parciales, ingresos en metálico depositados en oficina) requieren pattern matching con IA y Confidence Score; cada propuesta queda registrada para que el responsable la impugne, la IA no decide de forma unilateral.

Registro de decisión

Versión del modelo y puntuación de confianza
Datos de entrada y resultado de clasificación
Justificación de la decisión (explicabilidad)
Rastro de auditoría con trazabilidad completa

Impugnable: Sí - completamente documentado, revisable por humanos, objeción mediante proceso formal.

Impugnable por: Proveedor

Aplicar tabla de mapeo de comisiones bancarias e intereses a cuentas PGC ¿Como se imputa cada concepto bancario al PGC RD 1514/2007? Motor de reglas Auditor

El PGC RD 1514/2007 grupo 6, desarrollado por la Resolución ICAC de 18/9/2013, fija las cuentas: 626 Servicios bancarios y similares (comisiones), 663 Pérdidas de valores negociables (intereses pagados), 769 Otros ingresos financieros (intereses cobrados) y 668/768 Diferencias de cambio (operaciones en moneda extranjera).

Registro de decisión

ID de la regla y número de versión
Datos de entrada que activaron la regla
Resultado del cálculo y fórmula aplicada

Impugnable: Sí - aplicación de la regla verificable. Objeción posible por datos incorrectos o versión de regla errónea.

Impugnable por: Auditor

Detectar operaciones >3.005,06 EUR para modelo 347 AEAT ¿La transaccion contribuye al umbral anual modelo 347 con esta contraparte? Motor de reglas Auditor

La Orden EHA/3012/2008 obliga a declarar las operaciones con terceros superiores a 3.005,06 EUR por contraparte y año (incluido el IVA) en el modelo 347 anual de febrero/marzo; el Agente acumula las operaciones por NIF del beneficiario y avisa cuando se supera el umbral, evitando una omisión sancionable hasta el 1% del importe omitido (mínimo 300 EUR) por la LGT art. 198.

Registro de decisión

ID de la regla y número de versión
Datos de entrada que activaron la regla
Resultado del cálculo y fórmula aplicada

Impugnable: Sí - aplicación de la regla verificable. Objeción posible por datos incorrectos o versión de regla errónea.

Impugnable por: Auditor

Detectar operaciones intracomunitarias para modelo 349 ¿El movimiento es intracomunitario que requiere modelo 349 mensual o trimestral? Motor de reglas Auditor

La Orden HAP/2194/2013 obliga a declarar las operaciones intracomunitarias (entregas, adquisiciones, prestaciones de servicios) en el modelo 349, mensual si se superan 50.000 EUR por trimestre o trimestral en otro caso; el Agente identifica el IBAN de la contraparte UE y lo marca para su inclusión automática en el modelo 349.

Registro de decisión

ID de la regla y número de versión
Datos de entrada que activaron la regla
Resultado del cálculo y fórmula aplicada

Impugnable: Sí - aplicación de la regla verificable. Objeción posible por datos incorrectos o versión de regla errónea.

Impugnable por: Auditor

Verificar umbral CIRBE Banco de Espana 9.000 EUR ¿La posicion acumulada con la entidad financiera supera 9.000 EUR para reporte CIRBE? Motor de reglas Auditor

La Circular 1/2013 del Banco de España obliga al reporte mensual a la CIRBE de las posiciones superiores a 9.000 EUR; aunque la responsabilidad principal es bancaria, las divergencias entre los asientos de la cuenta 572 del PGC y la CIRBE pueden activar un requerimiento de la Dirección General de Supervisión con sanciones de hasta 1 millón EUR por la Ley 10/2014.

Registro de decisión

ID de la regla y número de versión
Datos de entrada que activaron la regla
Resultado del cálculo y fórmula aplicada

Impugnable: Sí - aplicación de la regla verificable. Objeción posible por datos incorrectos o versión de regla errónea.

Impugnable por: Auditor

Calcular diferencia de cambio para movimientos en moneda extranjera ¿La operacion en USD/GBP/CHF requiere ajuste por tipo de cambio dia y reconocimiento perdida/ganancia cambio? Motor de reglas Auditor

La Resolución ICAC de 18/9/2013 y la norma de valoración 11ª del PGC obligan a valorar al tipo de cambio del día de la operación y a reconocer la diferencia respecto al tipo del asiento contable original en la cuenta 668 (diferencias negativas) o 768 (positivas), con los tipos oficiales diarios del BCE.

Registro de decisión

ID de la regla y número de versión
Datos de entrada que activaron la regla
Resultado del cálculo y fórmula aplicada

Impugnable: Sí - aplicación de la regla verificable. Objeción posible por datos incorrectos o versión de regla errónea.

Impugnable por: Auditor

Conciliacion bidireccional con asientos PGC y registros SII ¿El movimiento bancario tiene contrapartida en cuenta 572 + reflejo en SII (registro A4 cobros y pagos en metalico)? Motor de reglas Auditor

El RD 1624/1992 art. 62.6 obliga al envío diario de los libros de IVA al SII de la AEAT; la triple conciliación entre banco, contabilidad y SII debe ser perfecta antes del cierre del periodo, ya que las divergencias activan un requerimiento de la AEAT con sanción del 50-150% conforme a la LGT art. 191-195.

Registro de decisión

ID de la regla y número de versión
Datos de entrada que activaron la regla
Resultado del cálculo y fórmula aplicada

Impugnable: Sí - aplicación de la regla verificable. Objeción posible por datos incorrectos o versión de regla errónea.

Impugnable por: Auditor

Escalar movimientos no asignables a Tesoreria con contexto ¿Movimientos sin contrapartida clara requieren juicio humano del Tesorero? Humano

Los adeudos sin ordenante reconocido, los abonos sin partida abierta y los importes inesperados de cuentas desconocidas requieren el juicio humano del Tesorero o el CFO con contexto: transacciones similares de los últimos 24 meses, partidas posibles y cliente o proveedor sospechoso; la escalada documenta la decisión para auditoría e inspección.

Registro de decisión

ID del decisor y rol
Justificación de la decisión
Marca de tiempo y contexto

Impugnable: Sí - a través del superior, Comité de Empresa o proceso formal de objeción.

Generar protocolo de conciliacion con audit trail RGPD ¿La trazabilidad del cuadre cumple PGC + RGPD + plazo conservacion 6 anos? Motor de reglas Auditor

El Código de Comercio art. 30 obliga a conservar libros y soportes durante 6 años desde el último asiento; la LOPDGDD y el RGPD art. 5.1.e limitan el plazo de los datos personales de los beneficiarios; el protocolo se firma electrónicamente con timestamp para la inspección de la AEAT, la auditoría de la CNMV/SCIIF y la inspección de la AEPD.

Registro de decisión

ID de la regla y número de versión
Datos de entrada que activaron la regla
Resultado del cálculo y fórmula aplicada

Impugnable: Sí - aplicación de la regla verificable. Objeción posible por datos incorrectos o versión de regla errónea.

Impugnable por: Auditor

Registro de decisión y derecho a impugnar

Cada decisión que este agente toma o prepara se documenta en un registro de decisión completo. Las partes afectadas (empleados, proveedores, auditores) pueden revisar, comprender e impugnar cada decisión individual.

¿Qué regla en qué versión se aplicó?
¿En qué datos se basó la decisión?
¿Quién (humano, motor de reglas o IA) decidió - y por qué?
¿Cómo puede la persona afectada presentar una objeción?
Cómo el Decision Layer lo implementa arquitectónicamente →

¿Este agente encaja en su proceso?

Analizamos su proceso financiero concreto y mostramos cómo este agente se integra en su entorno de sistemas. 30 minutos, sin preparación necesaria.

Analizar su proceso

Notas de governance

GoBD: n/a Conforme §203 StGB

La conciliación bancaria en España está sujeta a cinco capas regulatorias simultáneas que el Agente integra en su Decision Layer. El Código de Comercio art. 25-30 establece la obligación de llevar libros contables sin tachaduras (art. 28), el plazo de conservación de 6 años desde el último asiento (art. 30) y la legalización telemática obligatoria en el Registro Mercantil (art. 27, modificado por la Ley 14/2013). El PGC aprobado por el RD 1514/2007 fija las cuentas contables aplicables: 572 Bancos e instituciones de crédito c/c vista, 570 Caja euros, 626 Servicios bancarios y similares, 663 Pérdidas de valores negociables, 769 Otros ingresos financieros, 668 Diferencias negativas de cambio y 768 Diferencias positivas. La Resolución ICAC de 18 de septiembre de 2013 sobre criterios contables de tesorería precisa el tratamiento de las operaciones en moneda extranjera y la conciliación. El RD 1624/1992 art. 62.6 obliga a las empresas con facturación superior a 6.010.121,04 EUR al envío diario al AEAT de los registros A1 a A5 del SII, con cobros y pagos en metálico.

El Decision Layer registra la trazabilidad completa de cada movimiento conciliado: extracto de origen AEB 43 o CAMT.053 con el timestamp de recepción del banco, código de operación AEB, IBAN de la contraparte validado por mod-97 ISO 7064, EndToEndId SEPA, partida abierta asignada (factura emitida en la cuenta 430X o recibida en la 410X), asiento contable del PGC generado, eventual marca para el modelo 347 (umbral de 3.005,06 EUR por contraparte y año según la Orden EHA/3012/2008) o el modelo 349 intracomunitario, cálculo de la diferencia de cambio si procede, y conciliación con el registro SII A4 (cobros y pagos en metálico) enviado al AEAT. Esta trazabilidad cumple el plazo de conservación de 6 años del Código de Comercio art. 30 y el límite del RGPD art. 5.1.e mediante la anonimización progresiva de los datos bancarios. Una sanción de la AEAT por el modelo 303 de IVA con divergencias frente al SII alcanza el 50-150% del importe defraudado conforme a la LGT art. 191-195; una sanción de la AEPD por tratamiento indebido de datos bancarios alcanza el 4% de la facturación anual o 20 millones EUR conforme al RGPD art. 83.5; y la omisión de operaciones en el modelo 347 de la AEAT se sanciona con el 1% del importe omitido (mínimo 300 EUR) conforme a la LGT art. 198.

Contribución a la documentación de procesos

La documentación de procedimientos, compatible con el Código de Comercio art. 25-30, la LOPDGDD, el RGPD, la LGT y la Circular 1/2013 del Banco de España, incluye por cada extracto procesado: la identificación de la cuenta bancaria (IBAN ES validado por mod-97 ISO 7064, BIC y entidad emisora del extracto AEB 43 o CAMT.053); la fecha del extracto y el rango de movimientos; el saldo inicial y final con prueba de continuidad respecto al extracto previo; la relación de movimientos con su código de operación AEB, importe, fecha valor, IBAN de la contraparte, EndToEndId SEPA y concepto extendido; el tipo de movimiento (transferencia AEB 34, adeudo SDD AEB 19 con eventual R-Transaction, comisión bancaria AEB 14-15, intereses AEB 12-13, Bizum, ingreso en metálico, reembolso); la asignación realizada (exacta por EndToEndId, aproximada por pattern matching con Confidence Score o escalada a Tesorería con justificación); las cuentas del PGC RD 1514/2007 movidas (572 Bancos, 410X/430X de la contraparte y 626/663/769/668/768 financieras según el caso); la marca para los modelos de la AEAT (347 si supera el umbral acumulado de 3.005,06 EUR por contraparte y año, 349 si es intracomunitaria y, en su caso, modelo 184 si es entidad en atribución de rentas); el cálculo de las diferencias de cambio con el tipo oficial del BCE; la conciliación con el registro SII A4 enviado al AEAT; y el protocolo final firmado electrónicamente con timestamp. Las decisiones humanas (escalado de movimientos no asignables, override del matching aproximado, tratamiento de excepciones) se documentan con la justificación del Tesorero, el Director Financiero o el CFO. Es compatible con la inspección de la AEAT, el requerimiento del Banco de España, la auditoría de la AEPD, la supervisión de la CNMV, el requerimiento del SEPBLAC y la auditoría externa por las firmas Big-4 (Deloitte, KPMG, EY, PwC) con metodología ISA/SAS adaptada al PGC español.

Evaluación

Agent Readiness 84-91%
Governance Complexity 18-25%
Economic Impact 74-81%
Lighthouse Effect 21-28%
Implementation Complexity 21-28%
Volumen de transacciones Diario

Requisitos previos

  • ERP con módulo de Tesorería y Cash Management y conexión bancaria por Open Banking PSD2 (Sage 200, A3 Software, Holded, Cegid Quadra, SAP S/4HANA Spain, Dynamics 365 BC, Oracle Fusion Cloud Spain)
  • Conexión bancaria multi-entidad para recibir los extractos AEB Norma 43 y CAMT.053 ISO 20022 por el canal PSD2 (BBVA Open Platform, Santander Open Bank API, CaixaBank Open API, Sabadell Hub, Bankinter API, ING Direct, Openbank)
  • Datos maestros con IBAN ES validados (24 caracteres con checksum mod-97 ISO 7064), NIF/CIF/NIE de clientes y proveedores actualizados y marca de operación intracomunitaria UE para el modelo 349
  • Tabla de mapeo de comisiones bancarias e intereses a las cuentas del PGC RD 1514/2007 (626 Servicios bancarios, 663/769 intereses, 668/768 diferencias de cambio) conforme a la Resolución ICAC de 18/9/2013
  • Conexión con el SII de la AEAT (RD 1624/1992) para el envío diario de los libros de IVA y la conciliación bidireccional con los asientos de la cuenta 572 Bancos del PGC y las cuentas 410X acreedores y 430X clientes
  • Umbral de confianza configurado para las asignaciones aproximadas con pattern matching de IA (normalmente más del 85% para auto-aceptar, del 70 al 85% para revisión de Tesorería y por debajo del 70% escalado humano obligatorio)

Contribución a la infraestructura

El Agente de Conciliación Bancaria es la pieza central del área de Tesorería en una operación española. Construye la infraestructura de interfaces bancarias AEB Norma 43, CAMT.053 ISO 20022 PSD2 y MT940 SWIFT que reutilizan el Agente de Ejecución de Pagos (que envía ficheros pain.001 conforme a la Norma AEB 34) y el Agente de Cash Forecasting (que proyecta los flujos a 30, 60 y 90 días). Se conecta con el Agente de Asignación de Cobros para el clearing de las cuentas 430X de clientes con el EndToEndId SEPA, con el Agente de SII en Tiempo Real que envía a diario los registros A4 (cobros y pagos en metálico) al AEAT según el RD 1624/1992, con el Agente de Modelos Periódicos de la AEAT que prepara el modelo 347 anual (umbral de 3.005,06 EUR por contraparte) y el modelo 349 mensual o trimestral, con el Agente de Tesorería que mantiene la posición neta multi-entidad y el eventual cash pooling de los grupos IBEX-35, y con el Agente de Reporte CIRBE del Banco de España que alimenta las posiciones superiores a 9.000 EUR. Para grupos IBEX-35 con múltiples cuentas en España y filiales LATAM (Telefónica, Iberdrola, Santander, BBVA, Inditex, Repsol), el Agente coordina la conciliación centralizada con cash pooling nocional o efectivo, manteniendo actualizada la información CIRBE y los reportes regulatorios EMIR para los derivados de cobertura. El audit trail es compatible con la inspección de la AEAT, el requerimiento del Banco de España, la supervisión de la CNMV para entidades cotizadas y el testing del SCIIF por las firmas Big-4 (Deloitte, KPMG, EY, PwC).

Qué contiene esta evaluación: 9 diapositivas para su equipo directivo

Personalizada con sus datos. Generada en 2 minutos en su navegador. Sin carga, sin inicio de sesión.

  1. 1

    Portada - Nombre del proceso, puntos de decisión, potencial de automatización

  2. 2

    Resumen ejecutivo - FTE liberados, coste por transacción, fecha de amortización

  3. 3

    Situación actual - Volumen de transacciones, costes de error, escenario de crecimiento

  4. 4

    Arquitectura de solución - Humano - motor de reglas - agente IA

  5. 5

    Gobernanza - EU AI Act, comité de empresa/GoBD, pista de auditoría

  6. 6

    Análisis de riesgos - 5 riesgos con probabilidad e impacto

  7. 7

    Hoja de ruta - Plan de 3 fases con fechas concretas

  8. 8

    Caso de negocio - Comparación de 3 escenarios más matriz de sensibilidad

  9. 9

    Propuesta de discusión - Próximos pasos concretos

Incluye: comparación de 3 escenarios

No hacer nada vs. nueva contratación vs. automatización - con su nivel salarial, su tasa de error y su plan de crecimiento.

Mostrar metodología de cálculo

Hourly rate: Annual salary (your input) × 1.3 employer burden ÷ 1,720 annual work hours

Savings: Transactions × 12 × automation rate × minutes/transaction × hourly rate × economic factor

Quality ROI: Error reduction × transactions × 12 × EUR 260/error (APQC Open Standards Benchmarking)

FTE: Saved hours ÷ 1,720 annual work hours

Break-Even: Benchmark investment ÷ monthly combined savings (efficiency + quality)

New hire: Annual salary × 1.3 + EUR 12,000 recruiting per FTE

Todos los datos permanecen en su navegador. Nada se transmite a ningún servidor.

Agente de Conciliación Bancaria

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Formatear pagos, transmitir al banco, procesar respuestas, asegurar cuatro ojos.

W
Readiness: 87-94%
Economic: 71-78%
Governance: 21-28%
Microdecisiones: 10
Diario

Preguntas frecuentes

¿Qué diferencia hay entre la Norma AEB 43 (Cuaderno 43) y el CAMT.053 ISO 20022, y cuál conviene usar?

La Norma AEB 43 (Cuaderno 43), emitida por la Asociación Española de Banca, define el formato histórico de los extractos bancarios españoles: un fichero plano de longitud fija de 80 caracteres con registros de cabecera (código 11), movimientos (código 22), conceptos adicionales en línea 1-15 (código 23), totales (código 33) y final de fichero (código 88). Es el formato universal aceptado por todos los bancos españoles (BBVA, Santander, CaixaBank, Sabadell, Bankinter, ING Direct, Openbank, Bankoa, Abanca, Liberbank) desde los años 90 y aún hoy en uso masivo. El CAMT.053.001.02 ISO 20022 es el formato XML moderno de extracto bancario aprobado por la European Payments Council para SEPA y obligatorio en muchos bancos europeos por Open Banking PSD2. El CAMT.053 contiene mucha más información estructurada: el EndToEndId SEPA completo, la identificación del ordenante con nombre y dirección, los motivos de devolución de las R-Transactions detallados y el código BIC del banco originario. En España ambos formatos coexisten: la AEB 43 sigue siendo el estándar legacy con cobertura del 100% de los bancos, mientras que el CAMT.053 está en expansión por Open Banking PSD2 con una cobertura cercana al 80%. Para las empresas que aceptan adeudos SEPA con volumen alto y necesitan R-Transactions detalladas, el CAMT.053 es preferible. Para las empresas con volumen moderado o que necesitan compatibilidad universal con todos los bancos, la AEB 43 sigue funcionando perfectamente. El Agente procesa ambos formatos sin diferencia funcional.

¿Cómo gestiona el Agente las R-Transactions de adeudos SEPA SDD de la AEB Norma 19?

Las R-Transactions de adeudos SEPA son devoluciones que el banco del cliente comunica al banco del acreedor con un código de motivo estandarizado por la Norma AEB 19 y el Reglamento UE 260/2012. Los códigos principales son: R01 cuenta cancelada, R02 cliente fallecido, R03 cuenta congelada por orden judicial, R04 IBAN inválido o cuenta inexistente, R05 mandato no autorizado por el cliente, R06 cliente disputa la operación, R07 instrucción no autorizada por la entidad y R08 mandato cancelado por el cliente. Cada R-Transaction se recibe en el extracto AEB 43 (código 22 con el concepto AEB que indica el motivo) o en el CAMT.053 (campo Returns con ReasonCode estructurado). El Agente reconcilia automáticamente cada devolución con el cobro original, revierte el asiento contable (debe en la cuenta 430X del cliente, haber en la 572 del banco) y dispara el workflow de recobro según el motivo: el R04 (IBAN inválido) escala a Atención al Cliente para corregir los datos maestros, las disputas R05 y R06 escalan a Compliance o Legal por riesgo jurídico, las cancelaciones de cuenta R01, R03 y R08 requieren contacto comercial para un nuevo mandato, y el R02 (fallecimiento) dispara el workflow de herederos. La trazabilidad de las R-Transactions es crítica para evitar que un alto volumen de devoluciones genere descuadre en la cuenta 430X de clientes y obligue después a provisionar el deterioro de créditos del art. 13 LIS.

¿Cómo detecta el Agente las operaciones del modelo 347 de la AEAT y cómo evita la sanción por omisión?

El modelo 347 de la AEAT es la declaración anual de operaciones con terceras personas, con umbral de 3.005,06 EUR por contraparte y año (IVA incluido), regulada por la Orden EHA/3012/2008. Se presenta en febrero del año siguiente y declara las operaciones de compras y ventas con cualquier contraparte (clientes y proveedores) que superen el umbral. La AEAT cruza automáticamente los modelos 347 entre las dos partes: si la Empresa A declara 25.000 EUR de compras a la Empresa B y esta declara 23.000 EUR de ventas a la A, salta un requerimiento a ambas para regularizar la divergencia. La sanción por omisión o presentación incorrecta es del 1% del importe omitido, con un mínimo de 300 EUR conforme a la LGT art. 198, además de los requerimientos correspondientes. El Agente detecta estas operaciones de forma automática acumulando, para cada NIF, CIF o NIE de la contraparte, las operaciones del año natural en curso por su importe bruto (base imponible más IVA, tanto en compras como en ventas). En cuanto la suma supera 3.005,06 EUR, el Agente marca al cliente o proveedor con el flag del modelo 347 y empieza a guardar el detalle trimestral (la agrupación trimestral es obligatoria en este modelo). En enero del año siguiente, el Agente prepara automáticamente el fichero del modelo 347 con todas las contrapartes que superaron el umbral y sus totales trimestrales para presentarlo por la Sede Electrónica de la AEAT. Esta automatización evita la situación habitual de descubrir en febrero que se omitieron contrapartes, con la sanción consiguiente.

¿Qué es la conciliación de Bizum y cómo se procesa el volumen masivo B2C?

Bizum es el sistema español de pagos inmediatos por móvil, operado por la Sociedad de Procedimientos de Pago SL en la que participa la mayoría de los bancos españoles, con más de 26 millones de usuarios activos en 2026. Técnicamente opera sobre la infraestructura SEPA Inst de Iberpay, con liquidación en menos de 10 segundos, identificación del beneficiario por el número de teléfono asociado al IBAN y un límite por operación de 1.000 EUR (configurable por la entidad emisora). Para las empresas con volumen masivo B2C (e-commerce con devoluciones, indemnizaciones por reclamaciones, premios y bonificaciones, entregas de fondos a colaboradores ocasionales), Bizum genera cientos o miles de movimientos diarios que aparecen en los extractos AEB 43 y CAMT.053 con un concepto especial. El reto de la conciliación de Bizum está en identificar a la contraparte: el extracto solo incluye el número de teléfono del cliente (a veces ofuscado por privacidad), no el NIF ni la factura de origen. El Agente realiza un matching determinista del teléfono del cliente con la base maestra de clientes y con la partida abierta de la cuenta 430X para las devoluciones de e-commerce, o crea un registro específico de tipo 'gasto comercial' si es una bonificación sin factura previa. Los volúmenes masivos (más de 1.000 movimientos al día) requieren procesamiento por lotes con paralelismo y deduplicación por timestamp, teléfono e importe para no contar dos veces el mismo movimiento. La conciliación de Bizum se documenta para la inspección de la AEAT con la identificación del cliente de origen y la causa del cobro o pago, algo especialmente relevante para el modelo 347 si la empresa supera el umbral de 3.005,06 EUR con un mismo cliente.

¿Cómo integra el Agente la conciliación bancaria con el SII de la AEAT para evitar requerimientos por divergencias?

El SII (Suministro Inmediato de Información), regulado por el RD 1624/1992 art. 62.6, obliga a las empresas con facturación superior a 6.010.121,04 EUR, a los grupos de IVA y a las entidades en régimen REDEME (Registro de Devolución Mensual) al envío diario al AEAT de los libros de IVA en formato XML. Los registros del SII son: A1 facturas emitidas, A2 facturas recibidas, A3 bienes de inversión, A4 cobros y pagos en metálico y A5 operaciones intracomunitarias. La AEAT cruza automáticamente los registros A2 (facturas recibidas) con la cuenta 572 Bancos del PGC del declarante y los registros A1 (facturas emitidas) con la cuenta 430X Clientes; cualquier divergencia entre el balance contable y los XML del SII enviados activa un requerimiento inmediato. Por ejemplo: una empresa registra una factura recibida de un proveedor por 12.100 EUR (10.000 de base y 2.100 de IVA al 21%) en la cuenta 410X y envía el A2 al SII; al pagar la factura, el banco genera un movimiento de 12.100 EUR en el extracto que se concilia con el asiento haber 572 Bancos / debe 410X Proveedor; si por error el SII se envió con base 10.000 e IVA 1.000 (10% en lugar de 21%), la AEAT detecta la divergencia y exige la regularización con una sanción potencial del 50% sobre el diferencial de 1.100 EUR conforme a la LGT art. 191. El Agente realiza una triple conciliación bidireccional entre el extracto AEB 43, los asientos del PGC y los registros del SII enviados, marcando como pendientes los movimientos sin contrapartida en cualquiera de los tres niveles. Esta triple conciliación previa al cierre del periodo es la única forma de presentar el modelo 303 de IVA mensual o trimestral con riesgo cero de divergencia con el SII.

¿Cómo cumple el Agente la LOPDGDD y el RGPD en los datos personales de las transferencias?

El RGPD UE 2016/679 y la LOPDGDD LO 3/2018 califican los datos de las transferencias bancarias (nombre del ordenante, NIF, IBAN, dirección, concepto extendido) como datos personales cuyo tratamiento es necesario para el cumplimiento de obligaciones legales (el Código de Comercio art. 25 sobre libros contables, el RD 1624/1992 del SII y la Ley 10/2010 de PBC/FT), una base jurídica sólida que no requiere consentimiento adicional. Aun así, el Agente cumple los principios del artículo 5 del RGPD: licitud y limitación de la finalidad (los datos solo se usan para la conciliación y las obligaciones legales, no para marketing ni perfilado comercial), minimización (no se recogen datos innecesarios para la conciliación), exactitud (validación del IBAN por mod-97 ISO 7064), limitación del plazo de conservación (6 años según el Código de Comercio art. 30 y, después, anonimización del IBAN manteniendo metadatos para la auditoría), integridad y confidencialidad (cifrado en tránsito con TLS 1.3 y en reposo con AES-256, control de acceso por roles RBAC y registro de accesos a datos sensibles) y responsabilidad proactiva (registro de actividades de tratamiento conforme al art. 30 del RGPD). Además, la LOPDGDD obliga a designar un DPD en empresas con tratamiento masivo, a notificar a la AEPD las brechas de seguridad en 72 horas conforme al art. 33 del RGPD, y a respetar el derecho de portabilidad y supresión del titular (con los límites de las obligaciones legales contables). Una violación de datos bancarios es sancionable por la AEPD hasta el 4% de la facturación anual mundial o 20 millones EUR conforme al RGPD art. 83.5, con resoluciones publicadas con frecuencia entre 100.000 y 1.000.000 EUR para casos del sector financiero español. El Agente cifra por defecto el IBAN en la base de datos, lo anonimiza automáticamente tras 6 años, registra los tratamientos para la inspección de la AEPD y dispone de un workflow de respuesta a los derechos del titular en el plazo legal del artículo 12 del RGPD (un mes, ampliable a tres).

¿Cómo afecta el reporte CIRBE del Banco de España a la conciliación bancaria del ERP?

La CIRBE (Central de Información de Riesgos del Banco de España), regulada por la Circular 1/2013, obliga a las entidades financieras a reportar mensualmente al Banco de España las posiciones de riesgo iguales o superiores a 9.000 EUR de cada titular. El reporte incluye préstamos vivos, líneas de crédito disponibles, garantías prestadas, riesgos contingentes y posiciones de tesorería. Aunque la responsabilidad principal del reporte CIRBE es bancaria, las divergencias entre la información enviada por el banco y los registros contables del ERP en la cuenta 572 Bancos pueden activar un requerimiento de la Dirección General de Supervisión, con una investigación sobre la consistencia de la información de la entidad financiera; esto traslada fricción al banco, que pedirá aclaraciones a la empresa, con un eventual impacto reputacional. El Agente alimenta automáticamente la información CIRBE de la empresa asegurando la consistencia: la posición total mensual superior a 9.000 EUR por entidad financiera (suma de las cuentas corrientes 572, los préstamos de la cuenta 170/520 y las líneas de crédito disponibles de la cuenta 5208), conciliada de forma exacta con el saldo final del extracto del último día del mes. Para los grupos consolidados con varias cuentas en el mismo banco, el Agente agrega la posición conjunta y la cruza con el reporte CIRBE consolidado. Las empresas en situación de morosidad o en procedimiento concursal pueden tener requerimientos especiales de la CIRBE con responsabilidad reforzada. Las sanciones por los incumplimientos relacionados llegan hasta 1 millón EUR conforme a la Ley 10/2014 de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito.

¿Qué pasa después?

1

30 minutos

Primera reunión

Analizamos su proceso e identificamos el punto de inicio óptimo.

2

1 semana

Discover

Mapeo de su lógica de decisión. Reglas documentadas, Decision Layer diseñado.

3

3-4 semanas

Build

Agente productivo en su infraestructura. Gobernanza, audit trail, cert-ready desde el día 1.

4

12-18 meses

Autosuficiencia

Acceso completo al código fuente, prompts y versiones de reglas. Sin vendor lock-in.

¿Implementar este agente?

Evaluamos su panorama de procesos financieros y mostramos cómo este agente encaja en su infraestructura.